Emiten dictamen sobre motochorros

01/09/2010
Nacionales - Motochorros
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Se trata de un despacho de mayoría con el voto del macrismo firmado en la comisión de Justicia. El proyecto propone la modificación al Código de Tránsito y ahora será tratado en las comisiones de Tránsito y Transporte, DDHH y Seguridad

La comisión de Justicia de la Legislatura porteña emitió ayer dictamen de un proyecto de ley que propone una modificación al Código de Tránsito que limita la posibilidad de llevar acompañantes en motovehículos en el microcentro.

La comisión luego de la firma del despacho giró el proyecto al plenario de Tránsito y Transporte, que después deberá remitirlo al de Derechos Humanos y posteriormente a Seguridad.

Se trata de un despacho de mayoría con la firma del macrismo, en tanto se acordó que la oposición en días más presentará un dictamen de minoría.

La normativa en cuestión establece que todo motovehículo o ciclorodado tendrá la obligación de no llevar más de un acompañante siempre que el vehículo cuente con doble asiento y permite además un asiento adicional si cuenta con posapies y agarradera.

Además el acompañante deberá portar chaleco reflectante en el cual deberá estar inscripto el dominio del vehículo.

En tanto no se podrá llevar acompañante cuando la circulación del vehículo transite en el perímetro comprendido entre las avenidas Belgrano; Paseo Colón; Leandro N. Alem; del Libertador y Carlos Pellegrini/Bernardo de Yrigoyen.

Por otra parte deja al arbitrio de la reglamentación del Poder Ejecutivo la ampliación de esta restricción a otras arterias de la ciudad.

Los motovehículos deberán cumplir con esta obligación en la franja horaria comprendida entre las 9 y las 18 horas los días hábiles y de 9 a 14 horas los sábados.

Todos los conductores deberán llevar puesto un casco protector homologado o certificado indicando número de dominio, ajustado convenientemente a la cabeza siendo responsable además de que su eventual acompañante cumpla también con dicha obligación.

Utilizar gafas o antiparras, estás últimas independientes o como parte del casco de protección, si el vehículo no cuenta con parabrisas.

También será responsable de que cuando circule con acompañante, el mismo lleve puesto un chaleco de material reflectante, el cual debe tener impreso en forma legible el dominio del vehículo en el que transiten.

Asimismo se prohíbe la venta o suministro de combustibles y/lubricantes a los conductores y a acompañantes de motovehículos que al momento de su expendio no cuenten con placas oficiales de identificación de dominio y no lleven consigo los cascos protectores y el chaleco establecido.