Reformaron el estatuto de la docencia

25/08/2010
Provinciales - Unicameral
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La iniciativa del Ejecutivo respaldada por la UEPC fue acompañada en general por la oposición aunque algunos bloques votaron en contra en particular
Se reformó el Estatuto de la Docencia Media, Especial y Superior, sancionada en el año ’63, a través de la aprobación del proyecto del Ejecutivo provincial consensuado con la Unión de Educadores de la provincia de Córdoba (UEPC) que no fue acompañado en particular por algunos bloques de la oposición.

En este sentido el Frente Cívico y Social (FCyS), Coalición Cívica e Izquierda Socialista votaron en contra del artículo que establece que las 30 horas cátedra podrán ser elevadas a 36 por vía reglamentaria con la participación de la “entidad sindical más representativa” que actualmente es la UEPC, porque consideraron que se excluye del debate al resto de los gremios que también nuclean a los trabajadores docentes.

“No compartimos para nada y no vamos a acompañar el artículo que plantea la determinación de excluir de la participación a otros actores gremiales”, dijo Liliana Olivero; mientras que el legislador Omar Ruiz agregó que “no se ha logrado en ese artículo los consensos necesarios que la presente ley requiere”.

Respecto a este cuestionamiento el legislador oficialista, Enrique Sella, aclaró que “hoy la UEPC es el gremio de mayor representación pero en otro momento pueden ser otros”.

En tanto el proyecto del Ejecutivo fue aprobado en general ya que todos los bloques resaltaron la importancia de actualizar una normativa que tiene cuarenta y siete años de vigencia tal cual como fue sancionada, teniendo algunos mecanismos obsoletos y de urgente actualización.

Las modificaciones consolidan la junta de clasificaciones, generando mayor transparencia y rapidez en la clasificación, designación del personal docente y posterior ingreso a la actividad educativa.

Otro de los aspectos que se reforman tiene que ver con la designación del personal docente que según establecen los artículos cambiados, cuando se produzca la vacante los directores convocarán para su cobertura como titular a aspirantes a las respectivas asignaturas.

En el caso de la cobertura de suplencias e interinatos, la iniciativa dispone que se convocará en primer término a los docentes que cumplan funciones en el establecimiento y en todos los casos en que existan más de un interesado, decidirá la Junta de Clasificación según el puntaje que disponga cada uno.

Este aspecto fue celebrado por los gremios que representan a los docentes y por los bloques de la Unicameral debido a que permitirá que se responda de manera más eficiente a la demora de la gestión educativa y consecuentemente llevará a cubrir rápidamente las horas vacantes y evitar que los educandos pasen lapsos importantes sin clases.

Además este nuevo mecanismo de selección del personal docente implica que sea el trabajador el que vaya a la búsqueda del trabajo, en lugar de que el establecimiento educativo busque a los docentes.

Es que con el estatuto del ’63 cuando se producía una vacante el director tenía que llamar por teléfono a los docentes, consultar sobre su interés de ocupar dicho cargo, esperar que la persona se tome el tiempo para decidirlo, cuestión que extendía en el tiempo la ausencia de clases.

En cambio con esta reforma el director de un establecimiento publicará durante 72 horas en la página web del Ministerio de Educación así como en su propia escuela, la vacante a ocupar, los interesados se presentan y de manera más rápida se reemplaza al personal faltante.

Otra de las modificaciones garantiza mayores derechos para los docentes suplentes e interinos ya que se especifica que quedarán oficializados en todo el ciclo lectivo, es decir, de marzo a febrero, en cambio el estatuto vigente dispone que sus actividades cesarán al finalizar las tareas correspondientes a cada curso escolar.

En el caso particular de los suplentes, el proyecto del Ejecutivo provincial les garantiza prioridad dentro del ciclo lectivo, es decir que podrán cubrir varias suplencias en el mismo año escolar.

En tanto el martes incorporaron algunas modificaciones al proyecto original acordado entre la UEPC y el Ministerio de Educación de la provincia a través de la firma de un acta, entre las que se encuentra un agregado al artículo que establece condiciones que deben reunir los aspirantes para ingresar a la docencia.

Además de las que proponía el Ejecutivo provincial de ser argentino nativo o naturalizado; poseer aptitud psicofísica; contar con el título docente, habilitante o supletorio que corresponda al espacio curricular y al cargo, someterse a los concursos previo solicitar el ingreso; la UEPC agregó que se debe acreditar que no se encuentre inhibido penalmente y no haber sido condenado por delitos de lesa humanidad.

Durante el debate de la reforma al estatuto asistieron al recinto representantes de la UEPC que celebraron la aprobación de la iniciativa con cánticos y aplausos.