Crearían un Registro de Guías de Turismo

11/08/2010
Municipales - Concejo Deliberante
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Aprobaron un proyecto para crear esta instancia a nivel municipal. Serán requisitos para inscribirse el poseer un titulo de grado, universitario o terciario, y encontrarse matriculado en el Colegio Profesional

Ayer por la tarde se aprobó por mayoría un proyecto de ordenanza por el cual se crea el Registro de guías de turismo de la Municipalidad, y que tiene por objeto inscribir a las guías profesionales de turismo en el ámbito de la ciudad de Córdoba como actividad de interés prioritario para el desarrollo turístico, la preservación y difusión del patrimonio cultural, histórico, arquitectónico y urbanístico local.

El proyecto que salió hoy de la Comisión de Deporte y Turismo del Concejo Deliberante, deberá pasar por las de Hacienda y Desarrollo Económico y la de Legislación General antes de pasar por el recinto.

Cabe señalar que el expediente aprobado es un despacho conjunto en base a una iniciativa presentada por la concejal juecista Susana Frosi, y otra realizada por ediles de la Unión Cívica Radical.

La finalidad de ambos proyectos sería la de organizar las ofertas en esta área y, a su vez, garantizar cierta calidad básica, en una ciudad eminentemente turística.

Los principales requisitos que se estipularon para la inscripción en el Registro serían poseer un título de grado (universitario o de nivel terciario superior) expedido por instituciones públicas o privadas, debidamente certificado y reconocido conforme la legislación vigente por el Ministerio de Educación de la Nación o de las Provincias, y también encontrarse matriculado en el Colegio Profesional creado por la ley provincial 9723.

Además aclararon que los interesados en acceder a la inscripción deben expresarse correctamente en idioma castellano, y que a su vez deberán presentar su Curriculum Vitae y los antecedentes que incluyan especialidades temáticas, idiomas, cursos, investigaciones y/o actividades relacionadas con el turismo para su inclusión en la base de datos del Registro.

Por otra parte, una vez que los Guias de Turismo se encuentren debidamente registrado, deberán cumplir ciertas obligaciones como suministrar información veraz sobre el patrimonio o atractivos turisticos, así como impedir acciones que destruyan o deterioren los mismos durante la prestación del servicio de guía.

También deberán facilitar el desarrollo de la actividad de otro guía, y observar y hacer observar el cumplimiento de las leyes, reglamentaciones y disposiciones vigentes en materia turística y de protección del patrimonio cultural.

Asimismo queda establecido que los Guias de Turismo deberán comunicar las deficiencias que advierta en los servicios turísticos, conservación y mantenimiento de atractivos y lugares de visita, ya sean de propiedad o del Estado, a las autoridades competentes, y no desempeñarse simultáneamente como guía y chofer del medio que transporta al grupo.

Sumado a esto, los trabajadores de turismo deberán informar previamente las características, duración, idiomas y costos del servicio de guía a realizar, y nunca podrán solicitar a los viajeros retribuciones especiales, directa o indirectamente, fuera de las establecidas en la contratación de sus servicios.

Finalmente los concejales especifican en el proyecto que se entiende por guía profesional de turismo a toda persona física, con título habilitante, que de manera habitual y retribuida preste servicios de recepción, acompañamiento, orientación y transmisión de información a personas o grupos de visitas y/o excursiones dentro del ejido municipal, y aclaran que para la aplicación de la misma corresponderá a  la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Córdoba.