Ordenan ajuste inmediato de una jubilación

05/08/2010
Nacionales - Administración Nacional de la Seguridad Social
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Además, la Justicia dispuso multar al director de la ANSES en caso de incumplimiento de la orden y podrá ser denunciado penalmente

La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar al planteo de un jubilado de 82 años y dispuso, como medida cautelar, el reajuste inmediato de su haber jubilatorio de manera similar a lo establecido por la Corte Suprema en el fallo "Badaro".

Al igual que en el antecedente "Capa", de esa misma Sala, los jueces ordenaron el cumplimiento del reajuste en el plazo de un mes, pero en esta oportunidad dictaminaron que la resolución debía ser notificada en forma personal al titular de la ANSES, y pone en la cabeza de este funcionario la responsabilidad de cumplir con el reajuste, bajo amenaza de fijarle multas y de iniciarle acciones penales por incumplimiento.

En este caso, se trata de un jubilado que cobra 4.888 de jubilación.